México presentó su demanda contra Ecuador en la Corte Internacional de Justicia (CIJ), exigiendo la suspensión del país sudamericano de la ONU, después de la irrupción de las fuerzas de seguridad ecuatorianas en la embajada mexicana en Quito, el pasado 5 de abril. ¿Qué es la CIJ?
Se trata del principal órgano judicial de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). La CIJ fue creada en 1945 por la Carta de las Naciones Unidas y comenzó a funcionar en 1946, de acuerdo con el sitio web de la institución.
La CIJ es el único de los órganos principales de la ONU -que incluyen a la Asamblea General, Consejo de Seguridad, el Consejo Económico y Social y el Consejo de Administración Fiduciaria- que no se ubica en Nueva York, sino en La Haya, en Países Bajos.
Como órgano judicial, la CIJ se encarga de decidir las controversias jurídicas entre Estados. También emite opiniones consultivas sobre cuestiones que pueden someterle órganos o instituciones especializadas de la ONU autorizados para ello.
«Pueden recurrir a la Corte todos los Estados partes en su Estatuto, que incluye a todos los Miembros de las Naciones Unidas. Solo los Estados pueden ser partes en los casos que se sometan a la Corte. Las personas físicas y jurídicas y las organizaciones internacionales no pueden recurrir a la Corte», indica la CIJ.
Uno de los casos emblemáticos resueltos por la CIJ es el llamado Caso Avena, entre México y Estados Unidos. El 29 de abril de 2009, México presentó ante la corte una demanda contra Estados Unidos, por el caso de 54 mexicanos sentenciados a muerte en distintos estados de Estados Unidos. México alegó que Estados Unidos violó los artículos 5 y 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, al no informar a los consulares mexicanos de esos casos.
En tres de esos casos: los de César Roberto Fierro Reyna, Roberto Moreno Ramos y Osvaldo Torres Aguilera, había ya una sentencia en firme. La CIJ concluyó que en 51 de los casos, Estados Unidos violó su obligación de notificar sin retraso al personar consular mexicano. En cuanto a los tres casos con sentencia firme, la CIJ dijo que EU violó su obligación de permitir la revisión y reconsideración de las condenas y sentencias. Por ello, determinó que Estados Unidos debía revisar y reconsiderar las condenas y sentencias. Así, los mexicanos que habían sido sentenciados a muerte lograron preservar sus vidas.
Tras este fallo, Estados Unidos se retiró del Protocolo Facultativo que obliga a los países firmantes a reconocer a la CIJ como última instancia en casos de violación de la Convención de Viena referida a derechos consulares.
La CIJ es distinta a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH), que es un órgano judicial autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) y tiene su sede en San José, Costa Rica.
En el caso de la Corte-IDH, su jurisdicción son aquellos países de la OEA que hayan ratificado la Convención Americana y aceptado competencia de la Corte-IDH.
Aunque también tiene su sede en La Haya, la Corte Penal Internacional (CPI) no está relacionada con la ONU. Se trata de un tribunal de última instancia para enjuiciar crímenes graves internacionales, como el genocidio, los crímenes de guerra y los delitos de lesa humanidad.
La CPI tiene como base el Estatuto de Roma, adoptado en julio de 1998. La corte empezó a funcionar en 2003 y sucedió a los tribunales que habían sido creados en la década de 1990 para abordar crímenes atroces cometidos en la antigua Yugoslavia y en Ruanda.
Sus decisiones son vinculantes para los Estados partes del Estatuto de Roma.