SCJN frena facultades de Layda Sansores sobre obras públicas en Campeche

Por Redacción AAMX
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió limitar las atribuciones de la gobernadora de Campeche, Layda Sansores San Román, en materia de autorización de obras públicas de gran impacto, al considerar que dichas facultades vulneraban la autonomía municipal establecida en la Constitución.

Por unanimidad, el Pleno del máximo tribunal avaló el proyecto presentado por el ministro Irving Espinosa Betanzo, mediante el cual se invalidaron disposiciones de la Ley de Obras Públicas del Estado de Campeche que permitían al Poder Ejecutivo estatal autorizar obras consideradas de “interés estatal de gran impacto” sin la participación de los municipios.

Durante la sesión, el ministro ponente explicó que la creación de esta categoría legal eliminaba la intervención de los ayuntamientos en decisiones relacionadas con obras de gran escala, trasladando de forma indebida dichas atribuciones a la gobernadora. Esto, señaló, implicaba una invasión directa a las competencias constitucionales de los municipios, particularmente en temas de desarrollo urbano, seguridad y protección del interés local.

El proyecto aprobado establece que el Congreso de Campeche otorgó facultades excesivas al Ejecutivo estatal al permitirle autorizar este tipo de obras sin considerar la regulación municipal, lo que impide a los ayuntamientos ejercer su función de control y ordenamiento dentro de su territorio. En ese sentido, se determinó que el artículo 14 Bis de la citada ley es inconstitucional por afectar el principio de autonomía municipal.

El ministro presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, respaldó la decisión al señalar que la Constitución federal fija una clara división de competencias entre los distintos órdenes de gobierno, la cual debe respetarse. Añadió que no puede concebirse una obra de gran impacto estatal que no tenga repercusiones a nivel municipal, por lo que resulta indispensable una coordinación efectiva entre autoridades.

Tras la resolución, la Suprema Corte informó que la decisión protege la facultad de los municipios para autorizar licencias de construcción y participar en la planeación urbana, al dejar sin efecto normas que concentraban estas decisiones en el Poder Ejecutivo estatal. No obstante, el tribunal precisó que se mantuvo vigente una disposición que únicamente define el concepto de obra pública de interés estatal de gran impacto, al no afectar directamente las atribuciones municipales.

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